El juez Mario Dilascio homologó el acuerdo de juicio abreviado contra Horacio Santiago Orellana, quien confesó su coautoría en el hecho ocurrido en octubre de 2024. La investigación determinó que los delincuentes contaban con información privilegiada aportada por un familiar de la víctima y saldaron la causa tras pactar una reparación económica.
Un hombre de origen tucumano fue condenado en la ciudad salteña de San José de Metán a tres años de prisión de ejecución condicional por su participación en un robo millonario perpetrado contra la vivienda de un comerciante local. La sentencia recayó sobre Horacio Santiago Orellana, quien reconoció en un juicio abreviado haber actuado como coautor del asalto concretado el 29 de octubre de 2024, en el cual sustrajeron abultadas sumas en pesos y moneda extranjera. La resolución fue homologada por el juez Mario Dilascio tras el pedido formal presentado por el fiscal penal Gonzalo Gómez Amado. De esta manera, Orellana se convirtió en el tercer condenado de la causa, sumándose a las penas que ya habían recibido sus dos cómplices en julio de 2025 bajo la carátula de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda.
Las derivaciones del proceso judicial, las tareas investigativas y el cierre de la causa contra la organización delictiva abarcan los siguientes aspectos centrales:
Las tareas del personal de la Brigada de Investigaciones N.º 3 de Metán resultaron determinantes para esclarecer el golpe. Mediante el relevamiento metódico de las cámaras de seguridad públicas y privadas del sector y la toma de testimonios clave, los detectives lograron identificar a los integrantes de la banda y descubrieron que uno de los implicados mantenía un lazo de parentesco político con la víctima, lo que facilitó el acceso a los datos sobre la presencia del dinero.
En julio de 2025, la Justicia salteña ya había dictado sentencia contra los otros dos involucrados en el atraco. En aquella oportunidad, Juan Pablo Lambertucci fue condenado a tres años de prisión condicional como autor de robo doblemente agravado en concurso real con desobediencia judicial, mientras que Adrián Gustavo Albornoz recibió un año y seis meses de prisión en suspenso bajo la figura de partícipe secundario.
La conclusión del proceso a través de la vía abreviada contó con la aprobación previa del comerciante damnificado. Además del cumplimiento obligatorio de reglas de conducta e inhabilitaciones fijadas por el magistrado, las partes dejaron sentado en el expediente un compromiso privado de reparación económica destinado a resarcir el perjuicio patrimonial sufrido por el damnificado.
Con la homologación de esta tercera condena, el Ministerio Público Fiscal dio por concluida la instrucción de una causa que conmocionó al sector comercial del departamento metanense.
