El Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta condenó a dos ex trabajadores de la sucursal del Banco Nación en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán tras probarse una modalidad delictiva denominada «el pellizco». La maniobra consistía en sustraer billetes de los fajos en efectivo entregados por los clientes para depósitos, aprovechando la ubicación de las máquinas contadoras detrás de vidrios esmerilados y fuera de la vista de los usuarios. Los acusados, Silvia Verónica Castro y Fernando Horacio Arias Knudsen, recibieron penas de dos años y seis meses de prisión en suspenso, respectivamente, además de la inhabilitación para ejercer cargos públicos por el delito de estafa en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Dos ex empleados de la sucursal del Banco Nación en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, provincia de Salta, fueron condenados por la Justicia Federal tras comprobarse su responsabilidad en 18 hechos de sustracción de dinero a clientes durante 2023. La sentencia dictada por el juez Domingo Batule, integrante del Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta, impuso dos años de prisión en suspenso a Silvia Verónica Castro y seis meses de prisión en suspenso a Fernando Horacio Arias Knudsen por el delito de estafa en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público. Según consta en la causa, la maniobra permitía a los cajeros apartar billetes de los depósitos en efectivo ocultándolos en folletos publicitarios dentro de un box de conteo resguardado por vidrios esmerilados, maniobra que fue descubierta tras la denuncia de un compañero de trabajo y el posterior análisis de las cámaras de seguridad internas.
Los peritajes sobre las grabaciones de las cámaras de seguridad de la sucursal abarcaron el período comprendido entre julio y noviembre de 2023.
La fiscalía federal acreditó que las maniobras se concretaban sobre depósitos de elevadas sumas presentados por representantes de empresas y clientes habituales.El tribunal interviniente dispuso además la aplicación de inhabilitaciones especiales para el desempeño en la función pública por el doble del tiempo de las condenas impuestas.
Las partes notificadas del fallo judicial no presentaron recursos adicionales, quedando firme las pautas de conducta dictaminadas para los condenados.
