El organismo recaudador estableció los parámetros para que los Proveedores de Servicios de Pago informen saldos, ingresos y egresos de los usuarios. La medida distingue entre personas humanas y jurídicas, acumulando la totalidad de las operaciones mensuales. Superar el umbral no implica sanciones automáticas sino la inclusión en el reporte informativo.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reguló el régimen de información obligatoria para las billeteras virtuales y Proveedores de Servicios de Pago (PSP) al establecer los montos mínimos a partir de los cuales las plataformas deben reportar los datos de sus clientes. La normativa dispone que las entidades informen cuando una persona humana alcance o supere los $50 millones en ingresos, egresos acumulados o saldo final al último día hábil del mes. En el caso de las personas jurídicas, el umbral informativo se fijó en $30 millones. El reporte busca dar trazabilidad a los flujos financieros digitales mediante la consolidación de las cuentas de cada titular, sin que la superación del límite derive en investigaciones o bloqueos inmediatos.
El esquema informativo contempla la consolidación total de los movimientos de un usuario durante el período mensual, abarcando transferencias, acreditaciones y débitos que modifiquen el saldo disponible. Entre la información suministrada al fisco figuran la clave de identificación tributaria de los titulares, la cantidad de cuentas vinculadas, claves de CVU o CBU, el desglose de montos operados y el remanente de fondos al cierre del mes. Para aquellas transacciones o tenencias en moneda extranjera o activos cripto, las plataformas aplican la conversión a pesos tomando la cotización compradora oficial fijada por el Banco Nación al último día hábil.
Desde el organismo recaudador aclararon que el régimen no persigue una finalidad sancionatoria ni impone tributos adicionales automáticos por el mero hecho de alcanzar el tope. No obstante, las propias plataformas de pago conservan la potestad de aplicar mecanismos de control preventivo y solicitar documentación respaldatoria —como facturación, recibos de sueldo, certificados de ingresos o boletos de compraventa— cuando una transacción rompa con el perfil económico habitual del usuario, incluso en cifras inferiores a las fijadas por la normativa.
La recopilación de datos permite al fisco cruzar información entre las acreditaciones financieras y la capacidad contributiva declarada en las distintas categorías tributarias.
La actualización del régimen informativo consolida el marco de supervisión sobre el ecosistema fintech en un contexto de creciente bancarización digital de la economía.
